OBTENCIONES VEGETALES & UPOV

Protección, Licenciamiento y Custodia de Variedades Vegetales

Resguardamos la propiedad intelectual de la innovación biológica e industrial agrícola. Asesoramos a creadores de variedades (breeders), viveros acreditados y programas genéticos internacionales en el registro de Títulos de Obtentor ante el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), la estructuración de contratos de multiplicación y el cobro efectivo de regalías bajo estándares UPOV.

RUTA ADMINISTRATIVA

FASE 1

Evaluación de Novedad Comercial & Denominación

Análisis de plazos de gracia para comercialización previa en Chile y el extranjero (1 año en Chile / hasta 4 o 6 años en el exterior según especie) y validación de la denominación conforme a reglas UPOV.

FASE 2

Solicitud, Examen Formal & Protección Provisional

Ingreso del expediente al Comité de Calificación de Variedades del SAG. Tramitación del certificado de protección provisional para resguardar los derechos del obtentor durante la tramitación.

FASE 3

Examen DHE (Ensayos de Campo o Homologación UPOV)

Ejecución de ensayos de Distintividad, Homogeneidad y Estabilidad (DHE) en Chile o solicitud de homologación (take-over) de informes técnicos internacionales emitidos por oficinas UPOV acreditadas.

FASE 4

Concesión del Título, Registro & Enforcement

Emisión del Título de Obtentor (18 años para cultivos generales / 20 años para árboles y vides) e integración en esquemas de auditoría a viveros y control en puertos de exportación.

MATRIZ DE ESTRATEGIAS A MEDIDA

Dimensión Estratégica Breeders & Viveros Locales Programas Genéticos Internacionales
Estrategia de Registro Protección prioritaria ante el SAG para asegurar la explotación comercial local e ingreso al Registro de Variedades Protegidas. Ingreso estratégico en Chile dentro del plazo de gracia de novedad comercial y reivindicación de prioridad Convenio UPOV.
Ensayos DHE & Homologación Coordinación directa de los ensayos de campo de Distintividad, Homogeneidad y Estabilidad con estaciones experimentales del SAG. Homologación de informes DHE (*take-over*) emitidos por oficinas UPOV extranjeras, evitando repetir ensayos de campo en Chile.
Control de Material Vegetal Contratos de prueba (*testing agreements*) con cláusulas estrictas de devolución o destrucción de yemas y plantas madre. Sistemas de licenciamiento cerrado (*club varieties*), límite de hectáreas plantadas y auditorías periódicas a viveros autorizados.
Recaudación & Enforcement Cobro de regalías directo por planta vendida con inspecciones presenciales a la red de viveristas. Trazabilidad por marcadores moleculares (ADN), fiscalización en puertos de salida y acciones contra fruta obtenida de plantas no licenciadas.

PREGUNTAS FRECUENTES

Conforme a la Ley 19.342, la protección dura 18 años para especies generales y 20 años para árboles y vides, contados desde la fecha de concesión del título por el SAG.

Sí. Al ser Chile miembro de la UPOV, el SAG puede validar los informes de Distintividad, Homogeneidad y Estabilidad (DHE) emitidos por oficinas técnicas extranjeras acreditadas, acelerando la concesión sin necesidad de repetir los ensayos de campo locales.

Sí. El derecho de obtentor se extiende a las plantas, material de propagación y al producto de la cosecha (fruta) obtenido sin autorización, permitiendo solicitar medidas cautelares, incautaciones en puertos de exportación y demandas por daños y perjuicios.

La protección provisional se concede tras superar el examen formal ante el SAG. Otorga al solicitante el derecho a perseguir el pago de indemnizaciones por actos de explotación ilegal realizados por terceros durante el periodo comprendido entre la publicación de la solicitud y la concesión definitiva del Título de Obtentor.

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Juan Alberto Díaz Wiechers

Socio Fundador y Abogado

Más de 25 años de trayectoria especializada en propiedad industrial. Lidera las prácticas de litigios marcarios y patentes de invención de alta complejidad transfronterizas.